Admitida la demanda en fecha 22 de Febrero del 2.004, se ordenó la Notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual fue practicada en fecha 02-03-05, tal como consta al folio Siete (7) del expediente, y el Tribunal probado como ha sido lo alegado, y en virtud del error denunciado no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA al Prefecto del Municipio Macarapana, Distrito Bermúdez del Estado Sucre, y al Registrador Principal de este Estado Sucre, procedan a Estampar la Nota Marginal correspondiente en el Acta de Nacimiento N° 70 del año 1.977, en los Libros de Registro Civil que lleva la Prefectura del Municipio Macarapana, Distrito Bermúdez del Estado Sucre, por.....