Visto el escrito que antecede presentado por las partes intervinientes en el presente juicio y cumplida como ha sido la Transacción suscrita por las partes en fecha 20 de Febrero 2.015, y Homologada en fecha 25 de Febrero 2.015, cursante a los folios 131 al 134, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dá por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.-