Por todas las razones expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de divorcio intentada por la ciudadana PETRA MARIA BRITO ESPINOZA contra el ciudadano: PEDRO ANIBAL RODRIGUEZ quedando así en consecuencia disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Catalina Municipio Bermúdez del Estado Sucre, día 24 de Diciembre del año 1.973.-