En este sentido tenemos que el propio demandado ha reconocido en el proceso, el incumplimiento de su obligación, así como también los documentos cursantes a los autos donde señala claramente que no cumplió con el pago, y a pesar de que el demandado alegó que dichos pagos fueron exigidos por el demandante en dólares y que ese incumplimiento se debió a tal circunstancia, como consta a los (folios 10 y 11) del expediente, lo que podría haber constituido para el demandado una causa extraña no imputable con todas sus consecuencias jurídicas, no logro traer al proceso prueba alguna de tal exigencia, en razón de lo cual, la demanda intentada debe ser declarada procedente.- Así se decide.
Por todas las razones anteriormente expuestas es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad.....