Admitida la demanda en fecha 15 de Marzo 2.007, se ordenó la Notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual fue practicada en fecha 04 de Diciembre 2.006, tal como consta al folio Seis (06) del expediente, y el Tribunal probado como ha sido lo alegado, y en virtud de que lo denunciado no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, es por lo que éste Tribunal actuando como Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA al Prefecto de la Parroquia San Juan de las Galdonas, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y al Registrador Principal del mismo Estado, procedan a estampar la Nota Marginal correspondiente en el Acta Nº 64, asentada en el Libro de Registro de Nacimientos del año 1.966, que lleva la Prefectura de la .....