y estudiadas como han sido las declaraciones de las testigos ciudadanos: LUCIA CONSTANTINA NÚÑEZ ACOSTA y DOLORES JOSEFINA BUSANICHE DE MOLINA, venezolanos, mayores de edad, con domicilio en la ciudad de Güiria, Municipio Valdez del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 1.492.269 y 1.320.464, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante el Juzgado del Municipio Valdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Extinta: BERTA JOSEFINA PÉREZ ROMERO, a los ciudadanos: FRANCISCO, JESÚS ANTONIO, GUMERSINDO y ELINA PÉREZ ROMERO, así como .....