y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de las testigos ciudadanas: XIOMARA DEL VALLE LAREZ GONZÁLEZ Y DIALYS RAMONA LONGART DE BOTTINI, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.876.465 y 5.856.239, domiciliadas la primera en la Calle Bermúdez, N° 88, Barrio Bolívar San Martín y la segunda en el Barrio Bolívar, Calle Sucre N° 17, San Martín, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO OCTAVIO JOSÉ ALCALÁ FIGUEROA a los ciudadanos RITA JOSEFINA MORILLO DE ALCALÁ, OCTAVIO JOSÉ Y LEIDISMAR JOSÉ ALCALÁ MORILLO .....