Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, solicitada por el ciudadano WILFREDY JOSE TORTOLEDO MUNDARAIN, contra la ciudadana DANIELA DEL VALLE ROJAS GUILARTE, plenamente identificados.-