Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por la ciudadana VICTORIA LUCILA GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.076.486, contra el ciudadano FRANCISCO JAVIER ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 24.839.601, en los siguientes términos:
PRIMERO: Se Extingue la Obligación de Manutención del ciudadano FRANCISCO JAVIER ESPINOZA, por haber alcanzado la mayoría de edad, y se encuentra laborando. Y ASÍ SE ESTABLECE.-
SEGUNDO: Se acuerda SUSPENDER la Medida decretada sobre el Salario de la parte demandante, a tal fin se ordena oficiar al Ministerio del Poder Popular para la Educación.- Y ASÍ SE ESTABLECE.-