Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y adolescente por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección del niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos LISBETH DEL VALLE RIVERA RODRIGUEZ Y SERGIO LUIS GONZALEZ ROJAS venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 12.291.309 y 5.880.782, respectivamente, domiciliados en calle Industria Cruce con Ayacucho Canchunchu Viejo y Playa de Sal, del Municipio Bermúdez, del Estado Sucre. De conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y de.....