esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en decisión del Juez Temporal N° 1, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda que por FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentará la fiscalía cuarta del Ministerio Público, a requerimiento de la ciudadana: REYNA JOSEFINA FARIAS, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 12.563.451, de estado civil soltera, con domicilio en la Urbanización los Tejados, Sector B, casa 105, frente al Capitán, Cumana, Municipio Sucre, Estado Sucre, compareció por ante la fiscalía, para manifestar que el ciudadano PEDRO CELESTINO ZAMORA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 11.632.794, domiciliado Urbanización Golfo, Sector A, casa N° 014, Cumana del Municipio Sucre, Estado Sucre, padre de sus ART. 65 LOPNA, de actualmente de Diez (10) y Ocho (0.....