Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, formulada por los ciudadanos ANDRES GABRIEL SANCHEZ AULAR y MARIA EUGENIA CORONADO MAICA, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 13.151.856 y 14.343.937, respectivamente, domiciliados el primero en la Calle Sucre Casa Nro. 74 y la segunda en la Urbanización Jardín Nueva Toledo, manzana H, Calle 10, casa Nro. 22, Cumaná, Estado Sucre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio N° 382 y su vto de fecha 01-08-1998, por lo que, una vez ejecutoriada la sentencia dictada, se acuerda oficiar lo conducente a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia José Antonio Páez, Municipio Girardot del Estado Aragua y al Registrador Principal del Municipio Girardot del Estado Aragua, a los fines de dar cump.....