Bajo el análisis de los hechos y de derechos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sala de Juicio, Sede Cumaná, bajo decisión del Juez N° 1, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Otorga La GUARDA temporal de la niña a quien se le llama Se omite su nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la Lopna, actualmente cinco(05) años de edad, bajo la modalidad de MEDIDA DE PROTECCION en calidad de COLOCACIÓN FAMILIAR, al ciudadano JUAN DE DIOS GOMEZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.208.842, quien es ti materno de la prenombrada niña.- En consecuencia este Juzgado ordena:
PRIEMRO: La entrega de la niña Se omite su nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la Lopna por parte .....