Vencido como fue el lapso concedido y no habiendo impedimento para llevar a cabo la presente medida el Tribunal Declara Amparado Constitucionalmente al ciudadano: José Rafael Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.069.825 y ordena a la parte agraviante "Unión de Conductores Los Uveros" de mantener al ciudadano: José Rafael Rodríguez, ya identificado, en la misma situación en que se encontraba antes de la realización del hecho lescivo, vale decir, incorporarse a las actividades laborales habituales a partir de la presente fecha, participándole al notificado que debe poner en conocimiento a la parte agraviante sobre la Ejecución de la presente Medida de Amparo dictada por el Tribunal de la causa.-