es por lo que este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TÍTULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano: JORGE GINO GONZÁLEZ RAMOS, sobre la referida Bienhechuria, conformada por el inmueble descrito en el escrito de solicitud, denominado "Edificio El Canario", el cual se encuentra enclavado en una parcela de terreno propiedad del solicitante, ubicado en la calle principal de Playa Grande, Parroquia Bolívar, Jurisdicción del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, comprendido en un área de terreno de Cuatrocientos Setenta Metros Cuadrados con Setenta y Cinco Centímetros Cuadrados (470,75 Mts2), distinguida con el Nº Catastral: 04-02-29-01, según documento debidamente Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Bermúdez del Estado Sucre; en fecha: 15 de Noviembre de 2007, anotado b.....