En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: LISBETH DAYANA GUERRA GUERRA y HUGO ALBERTO SANTANA ARTILES, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 17.622.840 y V- 14.157.024, respectivamente, y de este domicilio, asistidos por la Abogada en ejercicio ELVIRA GOITÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 68.939 y de este domicilio, quedando
en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Teresa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha: 19 de Mayo del año 1999.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, Copia Certificada de la.....