Por todos los razonamientos legales antes expuestos y de conformidad con las disposiciones legales antes citadas, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el presente proceso como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.- Así se decide.-
En consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelar las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: La suma de VEINTE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 20.200,00), por concepto de las letras de cambio demandadas.-
SEGUNDO: La suma de CIENTO NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs. 199,00), por concepto de intereses moratorios vencidos, calculados desde el día 05 de Mayo de 2011 hasta el día 21 de Septiembre de 2011, ambos inclusive, a la rata de cinco (5%) por ciento anual, que corresponde al efecto de comercio que se acompaña marcado "A".-
TERCERO: Los intereses q.....