En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos, LUIS GREGORIO PEREZ y ADRIANA JOSEFINA JIMENEZ AGUILERA, quienes son venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre sí, titulares de la cédula de identidad N° V- 10.217.904 y V- 10.882.615, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio LENIN CARMONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.617, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha 15 de Abril de 1.989.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, copia certificada de la presente d.....