"En que el ciudadano, LUISMAR JOSÉ VARGAS VARGAS, le pasará a su menor hijo semanalmente la cantidad de CUARENTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs.48.000,00), que equivale mensualmente a la cantidad de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL BOLÍVARES (Bs.192.000,00); que ayudará con sus útiles escolares y cualquier imprevisto que se le presente; que cuando se enferme se lo hagan saber para ayudar a comprarle sus medicinas y en cuanto a la visita domiciliaria ira a visitarlo cada vez que pueda".Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público que beneficia al niño por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal natural de los progenitores. En consecuencia, este Juzgado del Municipio Andrés Mata, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO, suscrito entre los ciudadanos LUISMAR JOSÉ VARGAS VARGAS y MAR.....