Por las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción MERO DECLARATIVA, incoada por el ciudadano MANUEL JOSE SUNIAGA, asistido del ciudadano Luis García, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.407. SEGUNDO: Se declara la plena propiedad al ciudadano MANUEL JOSE SUNIAGA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula Nro. V-5.879.813, hábil en derecho y domiciliado en la población de San Roque, Parroquia San José, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre sobre el vehículo: MARCA DODGE, MODELO B-200, CLASE CAMIONETA, TIPO AUTOBUSETE, COLOR BLANCO NIEVE, AÑO 1976, SERIAL DEL MOTOR M31804070236, SERIAL DE LA CARROCERIA T679276 y PLACA 320962. El cual pose en la actualidad MOTOR (BLOQUE SM318R404615) y que le corresponde el.....