De conformidad con lo alegado y probado en el expediente, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1°. CON LUGAR la demanda intentada por ANA ROSA VELÁSQUEZ DE ORTIZ, contra ISMENIA MILANO, por la pretensión de desalojo del inmueble constituido por la casa distinguida con el N° 12, situada en la calle Vela de Coro, Cumaná, en jurisdicción de la Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del Estado Sucre, por la falta de pago de de las pensiones de arrendamiento, de los meses de enero, febrero, marzo y abril de dos mil nueve (2009), por la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 2.400,oo), a razón de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,oo) mensuales.
2°. SIN LUGAR la demanda por la pretensión de desalojo del inmueble por la necesidad de que sea ocupado por la actora, en su co.....