Por lo tanto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. SIN LUGAR la demanda intentada por CONSTRUCCIONES EFICIENTES, C.A. contra CÉSAR AUGUSTO RINCONES CARVAJAL, por la pretensión de resolución del contrato de arrendamiento del inmueble constituido por el apartamento distinguido con la letra C y el número 1 (C-1), situado en Villa Nazareth, sector Cantarrana, calle San Carlos, en jurisdicción de la Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre, por la falta de pago de los cánones de arrendamiento de los meses comprendidos entre diciembre de dos mil ocho (2008) y junio de dos mil nueve (2009), por la suma de Cinco Mil Cuatrocientos Bolívares (Bs. 5.400,oo), a razón de Novecientos Bolívares (Bs. 900,oo), cada una; más la cantidad de Dos Mil Novecientos Noventa Bolívares (2......