En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y MEJIA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: JESUS SALVADOR BEJARANO y MARILYS DEL VALLE GARCIA ORTIZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números 15.317.420 y 15.933.635, respectivamente, residenciados en la calle Vista al Mar del sector Cachamaure, Municipio Mejìa del Estado Sucre, el primero de los nombrados y la segunda, en la calle Los Cedros del sector Cachamaure, Municipio Mejìa del Estado Sucre, asistidos por el Abogado en ejercicio SIMON DE LA TRINIDAD VASQUEZ COVA, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo los números 20.357, respectivamente, quedando en co.....