En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y MEJIA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: ALEX GIOVANNY RODRÍGUEZ RINCONES e HILDA RAMÍREZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, de este domicilio el primero de los nombrados y domiciliada en Maturín, Estado Monagas, la segunda, casados, titulares de las Cédulas de Identidad números V- 9.977.097 y V- 9.980.764, respectivamente, asistidos por Félix Casanova S., abogado en ejercicio, con domicilio en Cumaná, Estado Sucre e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 47.135, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura Civil del distrito Bolívar del Estado Sucre, en fecha Siete (07) de Mayo de mil no.....