Con fuerza en los razonamientos que anteceden este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; resuelve:
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del Adolescente OMISSIS; en la investigación de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y el Control de Armas y Municiones, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, contemplado en el artículo 218 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; de conformidad con el artículo 561 Literal "E", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 300 Ordinal1º del Código Orgánico Procesal Penal; de conformidad con el artículo 561 Literal "E", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y .....