este Tribunal Segundo de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a PETRA MARITZA GUILARTE, venezolana, de 46 años de edad, de estado civil: Soltera, titular de la cedula de identidad numero 6.642.528, de profesión u oficio del hogar, hija de Eulogio Betancourt y Rosa María Guilarte, domiciliada en Irapa, Calle Anzoátegui, Casa Nº 57, Municipio Mariño del Estado Sucre y OSMAR ANTONIO LEÓN, venezolano, de 50 de edad, de estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Comerciante, hijo de Gilso Zusanta y Sofia León, domiciliado en Calle Anzoátegui, Nº 57 Municipio Mariño del Estado Sucre, a cumplir la pena DOS (02) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotr.....