este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR al acusado ALEXIS YNNACIO MEJIAS RAMOS, venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez Del Estado Sucre, de 37 años de edad, nacido en fecha: 31-07-75, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 15.596.719, de profesión u oficio Albañil, hijo Isidro Mejías y Juana Ramos y con domicilio en el barrio La Frontera, calle Las Delicias, casa S/N, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, teléfono N° 0424-1547784, a cumplir la Pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, mas las Accesorias de Ley, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS DE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el Primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Asimismo se decreta la confiscac.....