este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: Decreta la Extinción de la Acción Penal, en la presente causa seguida a los Ciudadanos José Vicente Ramos Rivera, venezolano, mayor de edad, hijo de Jose Vicente Ramos e Iris Rivera de Ramos, titular de la cedula de identidad Nª 16.256.375, residenciado en cerro la gata, casa S/N Carúpano Estado Sucre y Emilio del Jesús Guzmán Meléndez venezolano, mayor de edad, hijo de Pedro Guzmán e Irman Melendez, titular de la cedula de identidad Nª 10.218.779, residenciado en calle Cantaura, casa Nº20, Carúpano Estado Sucre y el subsecuente Sobreseimiento de la Causa, seguida en su contra por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4 en relación con el articulo 80 ambos del Código Penal vigente para la fecha, por haber operado la pre.....