Este Tribunal de primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR al acusado GERINO JOSE LATTAN, venezolano, nacido en Guiria, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº 20.201.546, de 25 años de edad, nacido en fecha 02/10/1990, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Neris Lattan y padre desconocido, residenciado Calle la antena, calle principal casa N° 02, Guiria Municipio Valdez, Estado Sucre, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y DIEZ (10) DIAS DE PRISIÒN, mas las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, AGAVILLAMIENTO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 286 y 218 ambos del Código Penal, en perjuici.....