Por todo lo expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para el imputado Fernando José Martínez, venezolano, nacido en fecha 30-05-80, de 25 años de edad, titular de la Cédula de identidad N° 17.624.942 , hijo de Tilita María Martínez y Pablo González, de profesión u oficio carpintero, residenciado en Calle Sucre, Las Carmeleras, San José de Areocuar, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, todo en conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la detención como Flagrante, por cuanto el imputado fue detenido acabandose de cometer el hecho, de conformidad con los artículos 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 248 Ejusdem y en virtud de que faltan actuaciones que practicar y ordena la.....