este Tribunal Cuarto de Primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, al Ciudadano José Gregorio Ruiz Goittia, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 17.318.669, natural de Irapa, nacido en fecha: 20-09-82, de 34 años de edad, de profesión u oficio Agricultor, hijo de José Emilio Ruiz, y Naudelys Goittia, domiciliado: Sector las playitas, casa S/N, cerca de la cancha, Marabal de Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre; por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto actualmente en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupe.....