Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del Imputado: WILFREDO JOSE VENALES MUNDARAIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.218.469, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Chofer, domiciliado en: Chipichipi, vía Principal Maturincito, a cien metros del mercal, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de EXTRACCIÓN ILÍCITA DE MATERIALES, TIPIFICADO EN LA LEY DE AMBIENTE, previsto y sancionado, en el articulo 31, de la Ley Penal del Ambiental, en perjuicio del Estado Venezolano en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y establece como condiciones a cumplir, las siguientes: PRIMERO: cumpla la reforestación de una área ubicada en el Sector las Charas, .....