Por los Razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: SUSTITUIR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE CAUCIÓN ECONÓMICA, POR LA CAUCIÓN JURATORIA, a los ciudadanos ALCIDES JAVIER REYES MUNDARAIN, venezolano, natural de Carúpano, de 24 años de edad, nacido en fecha 03-04-90, soltero, INDOCUMENTADO agricultor, hijo Eleazar Reyes y Basilia Mundarain, Residenciado en Macarapana, sector 08 de julio, casa S/N, calle Primero de mayo, cerca del señor Alfredo y su esposa Nomarelis, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y MANUEL ALEXANDER CEDEÑO VILLARROEL, venezolano, natural de Carúpano, de 22 años de edad, nacido en fecha 20-11-91, soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 21.012. 785., agricultor, hijo de Amada Villarroel y Manuel Cedeño, Residenciado Sector 08 de Julio, Macarapana, calle Principal, casa S/N.....