DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano Eugenio Ramón López Villarroel, venezolano, de 55 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio comerciante, nacida el 11-05-52, titular de la Cédula de Identidad N° 4.301.244, hijo de : Eugenio Ramón López Brito, Marina Villarroel y domiciliado en el Urbanización la estancia, calle Nª 2, casa Nª 130, Carúpano, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 La Ley Sobre el Derecho a las Mujeres, a una Vida Libre de Violencias, en perjuicio de Yvelin Rodríguez; a cumplir durante el plazo de un (01) año, considerando su termino medio a aplicar, imponiéndole de las siguientes condiciones: PRIM.....