DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA la extinción de la acción penal a favor del JAIRO EMILIO FRANCO JIMENEZ, venezolano, de 31 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.894.891, de estado civil soltero, nacido en fecha 23-07-1979, de Profesión u oficio agricultor, hijo de Ricto Emilio Franco y Marta Jiménez, residenciado en: Río Chiquito Abajo, Calle Principal, casa S/N, Irapa Municipio Mariño del Estado Sucre; por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, y en consecuencia de conformidad con lo establecido en los articulos 45, 47 ordinal 7º y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.....