DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Primero: Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, de conformidad con lo el ordinal 3° del Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos VICTOR LUIS CARREÑO ESPINOZA, Venezolano, 25 años de edad, natural de Estado Bolívar, nacido el 17-08-1984, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.842.393, profesión u oficio: técnico en Sonido, estado civil: Soltero, hijo de Martha Carreño y José Leonidas Espinoza, residenciado en la Avenida Bermúdez, en Río Caribe, Casa 72, cerca de: Frente a la farmacia Río Caribe, Municipio Arismendi, del Estado Sucre, JEAN CARLOS EDUARD MALAVE GONZALEZ, Venezolano, 28 años de edad, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi, nacido el 16-01-1981, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.117.705, profesión u oficio: Ayudante del un taller de Sonido, .....