DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, Este tribunal Segundo de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda, entregar el vehículo, Clase: Camioneta, Tipo: PICK Marca: FORD, Modelo: 1972. Año: 1972, Color: ROJO, Placa: A101W, Clase: Camioneta. Tipo: PICK-UP, Uso: CARGA, Serial de Carrocería: AJF35M41340; Serial del Motor: 6 CIL, al ciudadano Gregorio Martínez, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Número V- 3563209, domiciliado: Urbanización en Campo Claro de Irapa Municipio Mariño, calle Bolivar, Casa s/n, cerca de la licorería Estebita Roja. Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor. Líbrese oficio acordando la entrega del mencionado vehiculo al Estacionamiento FRANMIL, ubicado en Guiria. Municipio Valdez......