DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del ciudadano JUAN CARLOS VELASQUEZ UGAS, venezolano, natural de Yaguaraparo, Estado Sucre, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.596.462, de profesión u oficio Agricultor, de 34 años de edad, nacido en fecha 20-09-1977, hijo de Juan Velásquez y Rosa Ugas, domiciliado en: Calle Zea, frente al Liceo, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por estar incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YLIS COROMOTO OLIVERO BLANCO, consistente en un régimen de presentación cada quince (15) días, .....