DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Libertad Sin Restricciones, a favor del ciudadano Pedro Luís Morales, venezolano, natural de Guiria de La Costa, Municipio Valdez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.099.038, nacido en fecha 11-04-1982, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, y residenciado en el Sector Sol Paraíso, Casa S/N, vía al aeropuerto, cerca de la redoma del aeropuerto, Guiria de La Costa, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio d.....