este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, Ordena: La Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido al Acusado José Gregorio Carvajal Guilarte, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.293.292, de 43 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio comerciante, hijo de Rubén Carvajal y Graciela Guilarte, y con domicilio en la Urbanización Guayacán de Las Flores, Sector 02, Vereda 19, Casa N° 35, cerca de la cancha, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito Tráfico Ilícito Agravado de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento,.....