éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida ARCIA CARRY JOSE MANUEL, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez, de estado civil soltero, C.I.12.908.198 nacido en fecha 18-10-1975, de 34 años de edad, de profesión u oficio TSU. Comercio Exterior, hijo de Rosa Isabel Carry y Marceliano Arcia Bello, y domiciliado en Caracas, Avenida Fuerzas Armadas, esquina del Socorro, edifico Dorado, torre A, piso 16, apartamento 165-A, Distrito Capital; por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, por cuanto de las actas no se evidencian suficientes elementos de convicción, que comprometan la responsabilidad del referido. Todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 3 del a.....