DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los Imputados: José Gregorio Cabeza Pereira, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5899741, nacido en fecha 26-05-1959, de 55 años edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Pedro Cabeza y Modesta Pereira, y residenciado en la Calle Bolívar, Casa Nº 52, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, y Yeison Montaño Díaz, venezolano, natural Caracas, Distrito Capital, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 23.949.369, nacido en fecha 11-09-1991, de 22 años edad, de estad.....