Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA las Medidas de Protección y Seguridad, en contra del imputado: JESÚS DANIEL SALAZAR, JESÚS DANIEL SALAZAR, quien es venezolano, natural de Carúpano, del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 23.584.090, soltero, nacido en fecha 19-06-1995, de 18 años de edad, estudiante, hijo de Rosa Herrera y Jesús Salazar, residenciado en: el Valle, sector Campo Alegre, casa Nº 03, detrás de la capilla, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, impuestas por el órgano receptor de denuncia, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numerales 1, 5, 6 y 13 de la ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia; a favor de la victima: CLEMENCIA DEL VALLE GONZALEZ, en virtud de la presunta comisión .....