En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados DOMINGO LUIS VILLALBA Venezolano, Indocumentado, de 25 años de profesión u oficio pescador, Soltero, fecha de nacimiento 09-04-89, residenciado en el sector el Chuare Irapa Municipio Mariño, y LINO GREGORIO MALAVE, Venezolano, Cedula de identidad Nº 21.286.441, de 21 años de profesión u oficio pescador, Soltero, fecha de nacimiento 23-09-87,residenciado en el sector el Chuare Irapa Municipio Mariño, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES DEL TIPO LEGAL BÁSICO, previstos y sancionados en los artículos 413 del Código Penal, en perjuicio ABER ANTONIO SUNIAGA, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del COPP, en su ordinal 3°, consistente en PRESE.....