Por todos los razonamientos antes expuestos; éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA el sobreseimiento de la causa a favor de los imputados Luis Ordosgoitti, venezolano, casado, titular de la Cédula de Identidad N° 3.945.433, nacido en fecha 19-02-53 y domiciliado en el barrio 8 de Julio, Calle principal, Casa S/N, Sector el Topo, Macarapana, Carúpano, Estado Sucre y Hernán Zabala venezolano, casado, titular de la Cédula de Identidad N° 3.425.588, nacido en fecha 30-10-49 y domiciliado en la Calle el taparo, Casa S/N, detrás de la Iglesia , Macarapana, Carúpano, Estado Sucre; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las víctimas y remítase la presente causa en su debida oportunidad a la Fase de Ejecución. Cúmplase.