Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del ciudadano WILLIAM ANTONIO PEREZ VILLARROEL, Venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del estado Sucre, de 37 años de edad, nacido en fecha: 29-04-1977, Oficial de Seguridad de Guar Sucar, casado, Titular de la Cédula de identidad número V- 14.422.427, hijo de: Adelaida Villarroel de Pérez y Esteban Pérez, residenciado en: Carúpano Arriba, Calle Principal, casa S/N, frente a la cancha, Carúpano, Municipio Bermúdez del estado Sucre, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICA, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, imponiéndo.....