Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE RATIFICA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado JOSE DANIEL CAMPOS ROMERO, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre; de 22 años de edad, nacido en fecha: 12-04-1991, de obrero; soltero, titular de la cedula de identidad de Identidad Número V- 20.124.796, hijo de Armando Campos y Ana Romero, residenciado en el Sector Guadalito, casa S/N, en el callejón sin salida, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 236 en sus tres ordinales, 237 y el artículo 238 dispone el peligro de obstaculización a la verdad, por estar presuntamente incurso en la comisión del.....