Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados ANTHONY JOSÉ AMARISTA VIÑOLES, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.788.077, de estado civil: soltero, de profesión u oficio: herrero, nacido en fecha 08-12-1987, hijo de Mary Carmen Viñoles y Antonio Amarista, y con domicilio en: Sector Altamira , Calle La Brisa, casa s/n, en casa hay una bodega, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; y JOSÈ LUÌS VIÑOLES, venezolano, de 45 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.457.354, de estado civil: soltero, de profesión u oficio: Pescador, nacido en fecha 30-03-1966, hijo de Maria Viñoles y Hernán Salazar, y con domicilio en: Sector Altamira, Calle Ciega, casa s/n, cerca de .....