Por todos los razonamientos anteriormente expuestos , este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre-Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Condena al Ciudadano Willians Alberto Mata Jimenez, venezolano, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.408.424, nacido en , de profesión u oficio: Pescadero, Hijo de Willians Mata y Soraida Jimenez, y residenciado en: Playa Grande, Vivienda Rural, casa 12, Municipio Bermpudez del Estado Sucre, a cumplir la pena de la Pena de un ,(1), año y dos, (2), meses de prisión por el delito de lesiones graves previsto en el articulo 417 del Codigo penal en perjuicio del niño Pedro Celestino Rodriguez Rodriguez, mas las accesorias de inhabilitación politica por el mismo lapso y sujeción a vivilancia de la autoridad por una quinta parte de la pena principal una vez concluida esta. todo de conformidad con lo.....