Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial del Estado Sucre, extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECRETA: medida cautelar sustitutiva de libertad de prohibición de salida del país al imputado Jerluis José Gil Gamboa, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 22 años de edad, de estado civil soltero, Cédula de Identidad N° 17.779.121, fecha de nacimiento 07/02/1986, de profesión obrero, hijo de Zulay del Valle Gil Gamboa y padre Desconocido, domiciliado en: en San Martín, Barrio 22 de Agosto, calle Araguaney, casa S/n, cerca de la cancha, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, con teléfono: 0294 332.07.39; actualmente residenciado en La Guaira Estado Vargas, Punta de Mulato, Sector parte alta, el tanque, cerca de la Torre, casa S/n, de la Señora Mercedes Hernández , teléfono personal 0426. 90.....